25/02/25
Efemeride
25 de febrero de 1977. Obtención en propiedad del empleo a la clase de tropa de la Guardia Civil
El 25 de febrero de 1977 se reguló mediante Real Decreto que el personal de tropa de la Guardia Civil consolidaba el empleo una vez cumplido el compromiso para servir en el Cuerpo por un tiempo de tres años.
Eximido de solicitar nuevo reenganche y poseído en propiedad el empleo que ostentaba, el personal de más de tres años efectivos en el Cuerpo contrajo el compromiso indefinido de servir en él. A partir de esa fecha, el empleo solo se podía perder causando baja en el Cuerpo en virtud de sentencia firme recaída en procedimiento judicial o resolución dictada en expediente gubernativo.
El artículo 3 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil determina que la condición de guardia civil se adquirirá al obtener el primer empleo, conferido por Su Majestad el Rey y refrendado por la persona titular del Ministerio de Defensa, e incorporarse a la correspondiente escala de la Guardia Civil. Su adquisición llevará consigo, además, la condición de militar de carrera de la Guardia Civil.
Según el artículo 95 de la misma ley, la condición de guardia civil sólo se perderá por alguna de las siguientes causas:
- En virtud de renuncia, con los requisitos que se establecen en el artículo siguiente.· Pérdida de la nacionalidad española.
- Pena principal o accesoria de pérdida de empleo, de inhabilitación absoluta o de inhabilitación especial para empleo o cargo público cuando hubiere adquirido firmeza.
- Sanción disciplinaria de separación del servicio.
Quien pierde la condición de guardia civil pierde también la condición de militar de carrera y deja de estar sujeto al régimen general de los derechos y deberes y a las normas disciplinarias de los miembros de la Guardia Civil.
Coronel del Ejército de Tierra pasando revista a una formación de guardias civiles (Burgos, 1973).
Fuente: Centro de Fotografía Histórica de la Guardia Civil.