22/10/24
Efemeride
22 de octubre de 2007. Regulación de los derechos y deberes del personal

El 22 de octubre de 2007 se promulgó la Ley Orgánica 11/2007, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, en desarrollo del régimen de los derechos y libertades públicas establecidos por la Constitución y los principios de un estado social y democrático de derecho, con las particularidades derivadas de su carácter de Instituto Armado de naturaleza militar.
En primer lugar, trata de dotar a la Guardia Civil de un auténtico estatuto regulador, propio y completo, en el que se enmarquen los derechos y deberes de sus integrantes. Esta ley aborda la regulación del ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos y garantizados para todos los ciudadanos, si bien determina que para diferentes servidores públicos puedan establecerse limitaciones o condiciones en su ejercicio, justificadas por las responsabilidades asignadas y a la trascendencia que el mantenimiento de la seguridad pública exige de los responsables de su garantía.
En segundo lugar, esta regulación responde a la realidad social del Cuerpo y a lo que la sociedad exige de sus miembros, acompasando los valores y pautas propios de un Instituto Armado de naturaleza militar con el desenvolvimiento diario de unas funciones básicamente policiales ligadas a la problemática de una sociedad dinámica, innovadora y celosa de sus derechos democráticos como es la España del siglo XXI.
Y, por último, la norma recoge, por primera vez, el derecho de asociación profesional de los guardias civiles y ha determinado su extensión, forma de ejercicio y configuración de las asociaciones profesionales. Dicha regulación del asociacionismo profesional encuentra un complemento destacado en el Consejo de la Guardia Civil, que se crea como órgano de participación de los guardias civiles, mediante representantes de sus miembros, sean o no afiliados a una asociación profesional.
El artículo 104 de la Constitución, en su apartado segundo, recogió una reserva por la que habría de ser, mediante una ley orgánica, como se regulase el futuro estatuto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Dicho mandato, cumplido a través de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, estableció el marco a partir del cual se ha ido configurando el cuerpo normativo regulador aplicable a los miembros de la Guardia Civil.
Sentado el mismo, a nivel interno la normativa reguladora de los derechos y deberes de los miembros del Cuerpo conforman un auténtico marco estatutario junto a la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, y la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, sin perjuicio de las normas que resultan de aplicación por la naturaleza militar del Cuerpo con arreglo a la Orden PRE/1983/2012, de 14 de septiembre, por la que se declaran de aplicación a la Guardia Civil diversas normas del ordenamiento militar sobre mando, disciplina y régimen interior.
Por último, se destaca que el alumnado de los centros docentes de la Guardia Civil está igualmente sujeto a lo previsto en la misma, quedando excluidos de su ámbito de aplicación los miembros que se encuentren en situaciones administrativas en que dejen de estar sujetos al régimen general de derechos y obligaciones del personal de la Guardia Civil.
Guardias civiles en formación en un acto oficial (2012).
Fuente: Oficina de Relaciones Informativas y Sociales. Guardia Civil.