
Canal interno de información para personal de la Guardia Civil y otras personas específicas
¿Quién puede utilizar este canal y para qué sirve?
El Canal Interno de Información está destinado exclusivamente a:
- Personal de la Guardia Civil.
- Personas que desempeñan sus funciones en la estructura de la Dirección General de la Guardia Civil.
- Otras personas que hayan obtenido información sobre posibles infracciones en el marco de una relación laboral o profesional con la Guardia Civil.
Si no pertenece a alguno de estos colectivos no utilice este canal. No está dirigido a la ciudadanía ni sirve para presentar denuncias relacionadas con las competencias ordinarias de la Guardia Civil. Este canal permite comunicar información sobre posibles infracciones obtenida en un contexto laboral o profesional vinculado con la Guardia Civil, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, de protección de las personas informantes y lucha contra la corrupción.
Si desea realizar alguno de los siguientes trámites, utilice los canales específicos habilitados para ello:
- Denuncia telemática
- Cita previa para presentación de denuncias penales
- Colaboración ciudadana
- Quejas, sugerencias y felicitaciones
Personal autorizado
Solo pueden presentar comunicaciones a través del Canal Interno de Información las personas incluidas en el ámbito de aplicación previsto en el artículo 3 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, es decir, quienes hayan conocido los hechos en un contexto laboral o profesional relacionado con la Guardia Civil.
Obligación de denunciar determinados delitos
Las personas que, por razón de su cargo, profesión u oficio, tengan conocimiento de un posible delito público están obligadas a denunciarlo de forma inmediata ante las autoridades competentes, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Por ello, si ha tenido conocimiento de un posible delito público en el ejercicio de sus funciones profesionales, no debe utilizar este Canal Interno de Información. En estos casos, debe comunicar los hechos directamente a:
- Ministerio Fiscal.
- Autoridad judicial competente.
- Guardia Civil o policía más próximo, en caso de delito flagrante.
Cómo presentar una comunicación en el Canal Interno de Información de la Guardia Civil
El Canal Interno de Información de la Guardia Civil forma parte del Sistema Interno de Información (SINTIN) y permite comunicar las infracciones incluidas en el artículo 2 de la Ley 2/2023. Las comunicaciones pueden presentarse por escrito, de forma electrónica, de manera presencial o de forma anónima.
- Presentación por correo postal: Para presentar una comunicación por correo postal, debe descargar y cumplimentar el formulario habilitado. Después enviarlo a la siguiente dirección:
Dirección General de la Guardia Civil
Comité de Gestión de Conducta Ética
C/ Guzmán el Bueno, 110
28071 Madrid
- Presentación por medios electrónicos: Las comunicaciones también pueden presentarse a través de la aplicación informática del Canal Interno de Información. Esta herramienta garantiza la confidencialidad de la información y el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos personales.
Datos de contacto para notificaciones
Al presentar una comunicación, la persona informante puede facilitar un medio de contacto para recibir notificaciones sobre la tramitación de su comunicación:
- Domicilio postal.
- Dirección de correo electrónico.
- Cualquier otro lugar seguro designado para las comunicaciones.
Comunicaciones presenciales
Las comunicaciones también pueden realizarse mediante una reunión presencial. Con el consentimiento previo de la persona informante, la reunión se documentará de una de las siguientes formas:
- Grabación de la conversación en un formato seguro, duradero y accesible.
- Transcripción completa y fiel de la conversación realizada por el personal responsable de su gestión.
Antes de finalizar el proceso, la persona informante podrá:
- Revisar la transcripción.
- Solicitar correcciones si fuera necesario.
- Confirmar y aceptar su contenido mediante firma.
Todo ello se realizará respetando los derechos reconocidos por la normativa de protección de datos.
Presentación de comunicaciones anónimas
El Sistema Interno de Información permite la presentación y tramitación de comunicaciones anónimas, garantizando su tratamiento conforme a la normativa aplicable.
Información adicional sobre el funcionamiento
La información completa sobre el funcionamiento del Sistema Interno de Información se encuentra disponible en el documento de Principios Generales, que incluye, entre otros aspectos:
- Principios que rigen el Sistema.
- Derechos de las personas informantes.
- Causas de inadmisión de las comunicaciones.
- Garantías y normas de funcionamiento del procedimiento.
Se recomienda consultar este documento antes de presentar una comunicación.
Sistema Interno de Información de la Guardia Civil
¿ Qué es el Sistema de Información de la Guardia Civil ?
La Dirección General de la Guardia Civil ha implantado el Sistema Interno de Información (SINTIN) para cumplir con lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, sobre la protección de las personas que informan de infracciones normativas y la lucha contra la corrupción. Este sistema constituye el marco a través del cual se reciben, gestionan y tramitan las comunicaciones relacionadas con posibles infracciones incluidas en el ámbito de aplicación de la citada ley.
Responsable del sistema
El Comité de Gestión de Conducta Ética de la Dirección General de la Guardia Civil es el órgano responsable del Sistema Interno de Información. Entre sus funciones se encuentra la supervisión y gestión del sistema, garantizando que las comunicaciones se tramiten de acuerdo con los principios de confidencialidad, protección de las personas informantes y cumplimiento de la normativa vigente.
Marco normativo
El Sistema Interno de Información se ha creado en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Esta normativa establece la obligación de disponer de canales y procedimientos que permitan comunicar posibles infracciones de forma segura y con las debidas garantías.
Canal externo de información de la Autoridad Independiente de Protección del Informante
Comunicación de infracciones a través del canal externo
Las personas que deseen comunicar posibles infracciones también pueden hacerlo a través del Canal Externo de Información de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.). Para garantizar la seguridad, la confidencialidad y la protección de la información comunicada, la autoridad ha habilitado un buzón específico de comunicación.
Otras vías de contacto
Además del buzón habilitado, las comunicaciones pueden realizarse a través de los siguientes canales:
- Correo electrónico: info@aipi.gob.es
- Correo postal:
Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI)
C/ Luis Cabrera, 9
28002 Madrid
Reunión presencial
También es posible presentar la información mediante una reunión presencial, previa solicitud.
Más información
Para consultar información detallada sobre el Canal Externo de Información, los procedimientos de comunicación y los derechos de las personas informantes, puede acceder al portal oficial de la Autoridad Independiente de Protección del Informante: www.proteccioninformante.gob.es
Tratamiento de los datos personales y requisitos para informar
Los datos personales facilitados a través del Canal Interno de Información serán tratados por el Comité de Gestión de Conducta Ética de la Dirección General de la Guardia Civil, responsable de la actividad de tratamiento denominada: “Sistema Interno de Información de la Dirección General de la Guardia Civil”. La finalidad de este tratamiento es gestionar las comunicaciones y el procedimiento previsto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, sobre la protección de las personas informantes y la lucha contra la corrupción.
Comunicación de los datos
Cuando resulte necesario para la investigación o tramitación de los hechos comunicados, los datos personales podrán ser comunicados a:
- Autoridad judicial.
- Ministerio Fiscal.
- Autoridad administrativa competente.
Estas comunicaciones se realizarán únicamente en el marco de procedimientos penales, disciplinarios o sancionadores y de acuerdo con la normativa aplicable.
Conservación de los datos
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para:
- Gestionar la comunicación presentada.
- Cumplir las obligaciones legales derivadas del procedimiento.
- Determinar las posibles responsabilidades relacionadas con los hechos comunicados o con el tratamiento de los datos.
La conservación de la información se realizará conforme a la normativa vigente en materia de archivos y patrimonio documental español.
Ejercicio de derechos ARCO-POL
Las personas interesadas pueden ejercer sus derechos de:
- Acceso.
- Rectificación.
- Supresión.
- Limitación del tratamiento.
- Oposición al tratamiento.
Para ello, pueden dirigirse al Comité de Gestión de Conducta Ética de la Dirección General de la Guardia Civil:
- Dirección Postal: C/ Guzmán el Bueno, 110 28003 Madrid
- A través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil.
Declaración de la persona informante
Al presentar una comunicación mediante el Canal Interno de Información, la persona informante declara que la información comunicada ha sido obtenida en un contexto laboral o profesional relacionado con la Dirección General de la Guardia Civil. Esta condición puede darse, entre otros casos, cuando la persona informante sea:
- Empleada pública o trabajadora por cuenta ajena.
- Trabajadora autónoma.
- Accionista, partícipe o integrante de un órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa, incluidos los miembros no ejecutivos.
- Persona que trabaja para o bajo la supervisión de contratistas, subcontratistas o proveedores.
La protección prevista por la Ley 2/2023 también se aplicará también a quienes hayan obtenido la información en un contexto laboral o profesional en situaciones como las siguientes:
- Relaciones laborales o estatutarias ya finalizadas.
- Actividades de voluntariado.
- Becas o periodos de formación, remunerados o no.
- Procesos de selección de personal o negociaciones precontractuales, cuando la información se haya conocido antes del inicio de la relación laboral.