10/03/2025
Fábricas, depósitos explosivos
Sustitución de la vigilancia de personal en depósitos comerciales y de consumo

Denominación del procedimiento: 1000041
Desde esta página se podrá consultar la sustitución de la vigilancia humana en depósitos comerciales y de consumo vía aprobación del Plan de Seguridad Ciudadana.
La solicitud se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil y es necesario acreditar su identidad mediante alguno de los sistemas de identificación de cl@ve. Adicionalmente, puede necesitar firmar su solicitud empleando un “certificado electrónico”.
Información general
Instalaciones de almacenamiento de explosivos
- Se entenderá por depósito comercial, el depósito de explosivos destinado a almacenar los explosivos antes de su suministro a terceros.
- Se entenderá por depósito de consumo, el depósito de explosivos destinado a almacenar los explosivos para el consumo propio.
El almacenamiento de explosivos solo se podrá efectuar en los depósitos comerciales y de consumo de explosivos autorizados.
Todas estas instalaciones contaran para su vigilancia con vigilantes de seguridad de explosivos pertenecientes a una empresa de seguridad con arreglo a un plan de seguridad ciudadana que será aprobado, en su caso, por la Intervención Central de Armas y Explosivos, conforme a lo establecido en la Instrucción Técnica Complementaria número 1 del Reglamento de Explosivos.
- Se podrá sustituir la vigilancia humana mediante un sistema de alarma adecuado y por una física suficiente, que como mínimo serán las que se especifican en el anexo I de la Instrucción Técnica Complementaria número 1 del Reglamento de Explosivos.
Concesión y vigencia
La sustitución de la vigilancia humana en depósitos comerciales y de consumo de explosivos corresponde a la Dirección General de la Guardia Civil, Intervención Central de Armas y Explosivos y tendrán validez indefinida.
Solicitudes y documentación
La solicitud de sustitución de la vigilancia humana en depósitos comerciales y de consumo de explosivos, se presentará o bien directamente en la Intervención Central de Armas y Explosivos o en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de su demarcación.
La instancia de solicitud se ajustará al modelo establecido para este trámite, e irá acompañada de un Plan de Seguridad Ciudadana en el que se especificará:
- Empresa de seguridad responsable.
- Seguridad Humana:
- Número de vigilantes de seguridad por turnos.
- Número de turnos.
- Número de puestos de vigilancia.
- responsable de seguridad.
- Seguridad física:
- condiciones de las fachadas, puertas, cercado perimetral y protección electrónica.
- Tiempo de reacción.
- Conexión con centro de comunicación.
- Conexión con la Guardia Civil.
Norma reguladora del procedimiento
Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.